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Victoria para Salmones Antártica: rechazan reclamación contra su piscicultura

Partes de la estructura y obras existentes en Piscicultura Río San Pedro.

El Tercer Tribunal Ambiental declaró que lo construido hasta ahora se ajusta a las obras y partes autorizadas por la RCA en relación al proyecto.

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El Tercer Tribunal Ambiental, rechazó la reclamación interpuesta en contra de una resolución de la SMA, por la que archivó una denuncia contra el proyecto Piscicultura Río San Pedro, ubicado en la Región de Los Ríos de Salmones Antártica. En este proceso, se solicitaba la caducidad de su RCA del año 2008, por la falta de ejecución sistemática, permanente e ininterrumpida de su etapa de construcción.

Así, el Tribunal consideró que la resolución dictada el 2016, por el SEA, que declaró el inicio sistemático, permanente e ininterrumpido de la etapa de construcción del proyecto, se encuentra firme y ya no puede ser cuestionada. Esto, porque han transcurrido largamente todos los plazos para su impugnación e incluso para el ejercicio de la potestad invalidatoria, por lo tanto jurídicamente no es posible revisar lo resuelto en dicha oportunidad. De esa forma, sólo es posible considerar que, a la fecha en que se dictó la Resolución, el 15 de abril de 2016, el proyecto efectivamente había dado inicio a su etapa de construcción.

Tras esto, la sentencia agregó, dado que la RCA del proyecto es del 2008, resulta aplicable el régimen transitorio de caducidad, por lo que el SEA es el organismo competente para acreditar si se ha cumplido con los actos, gestiones o faenas mínimas y si se han realizado de modo sistemático, ininterrumpido y permanente, lo que debió ser acreditado por el titular antes del 26 de enero del 2015, como ocurrió en este caso.

Y en lo central, concordó con la interpretación hecha por la SMA del art. 25 quinquies de la Ley N° 19.300, esto es, que “el legislador condiciona la caducidad de la RCA sólo a la verificación de un período de inactividad o tardanza en dar inicio a la ejecución del proyecto, no abarcando, de manera expresa, período alguno posterior a dicho inicio”, y, además, que “para efectos de la caducidad, tampoco se refirió a la ejecución total de la primera etapa de un proyecto (…) sino que únicamente contempló ‘gestiones, actos o faenas mínimas’ para entender que se ha iniciado su ejecución”.

Igualmente, el Tribunal indicó en la sentencia que “si bien la SMA pudo desestimar de plano la denuncia en cuestión y archivarla por razones exclusivamente normativas, procedió a inspeccionar las instalaciones del proyecto para fiscalizar el cumplimiento de la RCA. Esto le permitió constatar que el proyecto se encuentra desarrollando la etapa de construcción, que varios de los retrasos guardan relación con demoras en las tramitaciones sectoriales y que lo construido hasta ahora se ajusta a las obras y partes autorizadas por la RCA”.

De acuerdo con lo dicho por la compañía a Salmonexpert, la iniciativa contempla la instalación de una piscicultura para la producción de alevines y smolts con una producción anual autorizada de 872 toneladas/año en concordancia con la RCA. El proyecto consiste en:

o Sistemas de captación y tratamiento de agua.

o Estanques exteriores y salas de incubación.

o Edificios administrativos y de apoyo.

o Tecnología para optimizar la eficiencia y sustentabilidad.

o Generación de empleo: aproximadamente 200 trabajadores en la fase de construcción y 64 en la fase de operación.

o Inversión total: US$17 millones, con un impacto positivo tanto a nivel regional, comunal y local.

Esto además, viene como una buena victoria, en medio de la noticia ligada a la compra por parte de su grupo controlador, Nissui, de las operaciones de Yadran, con las cuales proyecta producir más de 80.000 toneladas de salmones.